jueves, 2 de febrero de 2017

Apoyos de soporte para el dromitorio


Cama eléctrica: con elevación por columna. Barandillas de madera abatibles y con 4 ruedas con freno.

Cama asistencial : con elevación eléctrica. 3 planos eléctricos. Cabecero y piecero de madera. Ruedas con frenos.

Mesa auxiliar: con plano basculante, que permite una inclinación.

Permite a la persona incorporarse en la cama.Consta de peldaños atados a una cuerda de nylo que se sujeta a los pies de la cama.

 Almohadilla térmica : se puede utilizar en multitud de partes del cuerpo en las que tenemos este tipo de dolores gracias a su forma.3 niveles de temperatura.

Quita zapatos de madera



Barandilla: Fabricadas en acero. Válidas para la mayoría de las camas y no precisan de ninguna herrramienta para su instalación. Se suben y se quedan aseguradas de forma automática y para bajarlas, hay que desbloquear el seguro tirando de un pomo









PRODUCTOS DE SOPORTE


 PRODUCTOS DE SOPORTE


Cualquier producto (incluyendo dispositivos, equipo, instrumentos, tecnología y software) fabricado especialmente o disponible en el mercado, para prevenir, compensar, controlar, mitigar o neutralizar deficiencias, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación.



 Cojín de espalda anatómico: para mantener la columna vertebral y músculos de la espalda relajados.

 

Silla apilable: de madera de haya maciza con cantos y bordes redondeados. Asiento y respaldo independiente.
 



Bandeja: con patas plegables. Tiene un reborde para evitar derrames.


Teléfono inalámbrico: con teclas grandes y pantalla lcd retroiluminada

 Cojín que combina: las excelentes propiedades de reducción de presiones con el manejo de posicionamiento y la facilidad para realizar correcciones activas. El cojín moldeado en perfil bajo lleva una doble capa de gel visco líquido repartido en celdas en la zona de los isquiones y del saco.




 Madera laminada: con sección que disminuye en los extremos para deslizar suavemente la tabla por debajo del paciente.




Funda de almohada con dos asas: para ayudar a la persona a levantarse o sentarse. Uno de los lados esta hecho de satén suave, para un mayor bienestar. Fácil de quitar, se puede lavar


El cinturón : aporta dos cómodas asas como puntos de sujeción extra y de adapta al perímetro del paciente y / o cuidador.  


Base giratoria: Permite hacer transferencias de 360º estando de pie o sentado. Ideal para pasar de una cama a una silla o en las transferencias al coche.

Asientos inteligentes : que detectan su intención de levantarse y le ayuda casi sin que usted se dé cuenta, dándole la altura necesaria para levantarse fácilmente por sí mismo.

 
 

martes, 22 de noviembre de 2016

¿Que es la divertad?

Divertad, una palabra inventada, una síntesis de varias ideas: libertad y dignidad en la diversidad. Es un ideal en el que las personas con diversidad funcional tengan plena dignidad y plena libertad, en el que las personas no sean discriminadas ni oprimidas por su diferencia y tengan las mismas oportunidades que el resto de las personas. Para construir la Divertad se hace una propuesta basada en el modelo de la diversidad, la dignidad o el reconocimiento intrínseco, los derechos humanos o el reconocimiento extrínseco y las políticas públicas sociales o el reconocimiento social.

ORGANIZACIONES RELACIONADAS:

-Foro de vida independiente y divertat:  una comunidad constituida por personas de toda España, y de otros países, que conforman un foro de reflexión filosófica y de lucha por los derechos de las personas con diversidad funcional.

-FEVI: es una red federal de organizaciones demostradamente dedicadas a la VI que nace con el objetivo de promover políticas y recursos para que cualquier persona con diversidad funcional pueda acceder a una vida independiente.

-OVI: es una entidad sin ánimo de lucro dirigida y gestionada por personas con diversidad funcional y necesidad de asistencia personal vinculadas al Movimiento de Vida Independiente.

-ENIL: aglutina las iniciativas de Vida Independiente de los países europeos. Nació en 1989 como expresión europea del Movimiento de Vida Independiente.

-FVI: nace el 6 de febrero del año 2005 ante la necesidad de hacer un trabajo de difusión de la Filosofia de Vida Independiente en Catalunya y poder crear proyectos de vida independiente.

jueves, 3 de noviembre de 2016

Los centros de rehabilitación e integración social, (CRIS), son servicios específicos y especializados, en régimen ambulatorio, dirigidos a personas con enfermedad mental crónica, con un deterioro significativo de sus capacidades funcionales, donde se llevarán a cabo programas de trabajo adecuados a las características, necesidades y situación concreta de los usuarios y usuarias.

En el CRIS se realizarán las siguientes prestaciones mínimas:
Protocolo de evaluación social y funcional. Entrenamiento en competencia social y en habilidades de autocuidado y de la vida diaria. Psicomotricidad.Programa individualizado de rehabilitación. Protocolo de seguimiento y apoyo comunitario.Apoyo y asesoramiento a la familia.
 

FALTA TERMINARRRR!!!!!!!!!!!!!!!

jueves, 27 de octubre de 2016

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia

 En España, más conocida como ley de dependencia, es una ley española que crea el actual Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia, que es el conjunto de servicios y prestaciones destinados a la promoción de la autonomía personal, así como a la protección y atención a las personas, a través de servicios públicos y privados concertados debidamente acreditados.

La estructura de la Ley es la siguiente: 

-Título preliminar(disposiciones generales)

-Título primero:El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
 CAPÍTULO I. Configuración del Sistema
 CAPÍTULO II. Prestaciones y Catálogo de servicios de atención del Sistema para la     Autonomía y Atención a la Dependencia
 CAPÍTULO III. La dependencia y su valoración
 CAPÍTULO IV. Reconocimiento del derecho
 CAPÍTULO V. Financiación del Sistema y aportación de los beneficiarios

 -Titulo segundo:La calidad y eficacia del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
  CAPÍTULO I. Medidas para garantizar la calidad del Sistema
 CAPÍTULO II. Formación en materia de dependencia
CAPÍTULO III. Sistema de información
 CAPÍTULO IV. Actuación contra el fraude
 CAPÍTULO V. Órganos consultivos del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

 -Título tercero:Infracciones y sanciones

- 16 disposiciones adicionales
- 2 disposiciones transitorias 
- 9 disposiciones finales.


Hay 47 artículos


Artículo 24.
Servicio de Centro de Día y de Noche.
1. El servicio de Centro de Día o de Noche ofrece una atención integral durante el
periodo diurno o nocturno a las personas en situación de dependencia, con el objetivo demejorar o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal y apoyar a las familias o cuidadores. En particular, cubre, desde un enfoque biopsicosocial, las necesidades de asesoramiento, prevención, rehabilitación, orientación para la promoción de la autonomía, habilitación o atención asistencial y personal.
2. La tipología de centros incluirá Centros de Día para menores de 65 años, Centros de Día para mayores, Centros de Día de atención especializada por la especificidad de los cuidados que ofrecen y Centros de Noche, que se adecuarán a las peculiaridades y edades de las personas en situación de dependencia
 Hemos elegido el artículo 24 porque habla del servicio de Centro de Día que es el que nosotros ofrecemos.

martes, 25 de octubre de 2016

 Ley 5/1997 G.V


Los servicios sociales especializados: son aquellos que se dirigen a sectores de la población que, por sus condiciones, edad, sexo, discapacidad u otras circunstancias de carácter social, cultural o económico, requieren un tipo de atención más específica en el plano técnico y profesional, que la prestada por los servicios sociales generales.
Estos servicios podrán ser gestionados por la administración de la Generalitat, por las entidades locales en su ámbito territorial y por instituciones o asociaciones promovidas por la iniciativa privada o por los propios afectados por la necesidad específica en cuestión.

Artículo 21. De las personas con discapacidades
1. Para las personas con algún tipo de discapacidad física, psíquica, sensorial, parálisis cerebral o enfermedad mental, se promoverán actividades de:

a) Prevención.
A través de los servicios pertinentes, se fomentará la detección y atención temprana de los síntomas y señales de deficiencia, seguidas de las medidas curativas o correctivas necesarias que pudieran impedir la discapacidad o, por lo menos, reducir apreciablemente su gravedad, y que puedan impedir a veces que se convierta en una condición permanente.
En estos casos, la prestación de los servicios deberá tener un marcado carácter socio-sanitario.

b) Tratamiento/Asistencia.
Se llevará a cabo el tratamiento o la asistencia de personas afectadas por algún tipo de discapacidad a través de servicios entre los que se incluyen: El asesoramiento y la asistencia social, psicológica y de otros tipos.

-La atención global desde el nacimiento a la persona con discapacidad o riesgo de   padecerla.
-La capacitación en actividades de autocuidado, incluidos los aspectos de movilidad, la comunicación y las habilidades de la vida cotidiana y socialización, incluyendo el manejo de prótesis, con las disposiciones especiales que se requieran según las necesidades derivadas de cada tipo de discapacidad.
-El suministro de ayudas técnicas y de movilidad y otros dispositivos. 
-La formación especial.
-Los servicios de rehabilitación profesional (inclusive la orientación y formación         profesional, colocación en empleo normal o protegido).
 -El seguimiento.

Los servicios sociales generales: constituyen la estructura básica del sistema público de servicios sociales, mediante la prestación de una atención integrada y polivalente dirigida a toda la población, articulada a través de actuaciones preventivas, asistenciales y rehabilitadoras, en un ámbito primario, con carácter universal y gratuito.
Su fin es promover el desarrollo pleno del individuo y de los grupos en que se integra, mediante la potenciación de su participación en la búsqueda de recursos y la priorización de las necesidades más urgentes y básicas.
Corresponde a los servicios sociales generales la programación, implantación y gestión de la intervención generalizada de atención primaria.
Los servicios generales se prestarán por equipos interdisciplinarios que cubran las diferentes áreas de servicios sociales en centros sociales dependientes de la administración local.

jueves, 13 de octubre de 2016

CRIS ALAIBO

La atención a los pacientes en los Servicios de Salud Mental es realizada por un equipo  compuesto por profesionales,  Médicos Especialistas en Psiquiatría, Psicólogos , Psicopedagogos, Enfermeras, Trabajadoras Sociales y Terapeutas Ocupacionales, diferenciando la atención a niños y adolescentes y a adultos mayores de 18 años.
 

Las prestaciones que ofrecemos: Acogida, evaluación y diagnóstico. Tratamiento y seguimiento. Atención de urgencia. Interconsulta con otras especialidades médicas y coordinación con otros servicios. Formación e investigación. Prevención, educación y promoción de la salud. Talleres ocupacionales. Manutención.

Instalaciones:Dirección
                         Cafetería
                         Sala de estar
                         Patio
                         Sala de espera
                         Recepción
                         Parking
                         Parque
                         Piscina
                         Comedor